• 19 abril, 2024

A prisión acusados de explotar sexualmente a menores

a-prision-acusados-de-explotar-sexualmente-a-menores.jpgSanto Domingo.- Atendiendo una solicitud de la Procuraduría Fiscal de la provincia Santo Domingo, el Tribunal de Atención Permanente dictó medidas de coerción en contra de una red de dominicanos y extranjeros que se dedicaba a la explotación sexual y trata de menores, en el municipio de Boca Chica, provincia Santo Domingo Este.

La magistrada Josefina viera dictó tres meses de prisión preventiva contra Fidel Starlin Soriano Peguero, Florelis Jiménez, Francia Magali Male y Ana Leidy González, mientras que Eduard Antonio Mota Madrigal y Darlyn Massiel Troncoso tendrán que pagar una garantía económica de 10 mil pesos y asistencia periódica los días 10 y 15 de cada mes respectivamente.

Según el expediente elaborado por el MP, los imputados formaban una red, en su mayoría empleados de hoteles y restaurantes que teniendo contacto con extranjeros se dedicaban a ofertarles y facilitarles a niños, niñas y adolescentes para actividades sexuales, a cambio de recibir determinas sumas de dinero.

Las menores en edades entre 13,14 y 17 años, cuyos nombres se omiten por razones legales, fueron rescatados durante un operativo en una vivienda en el sector San Isidro, Santo Domingo Este.

La Procuradora Fiscal Titular de Santo Domingo, Olga Diná Llaverias, cuando dijo que ¨no le temblará el pulso para someter a la justicia a todo aquel que se beneficie económicamente en detrimento de menores de edad, entiéndase proxenetas, reclutadores y todo cuanto eslabón componga estas redes, que atenta contra la dignidad de las víctimas¨.

De acuerdo a la calificación provisional que le ha otorgado el Ministerio Público, al presente hecho es la de Explotación Sexual y Comercial, Proxenetismo y Asociación de Malhechores, los cuales se encuentran tipificados y sancionados en las disposiciones de los artículos 410 de la Ley 136-03,334, 334-1 (ordinales sexto y noveno), 265 y 266 del Código Penal Dominicano; así como los artículos 28 y 75 de la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas, en perjuicio del Estado Dominicano.

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