• 18 abril, 2024

Ayuntamiento de Santiago aclara CORAASAN debe regirse por leyes y normas del municipio

Santiago.-El Ayuntamiento de Santiago, salió hoy  al frente a declaraciones emitidas a los medios de Prensa, por parte de  la Corporación de Acueducto y Alcantarillado de Santiago, (CORAASAN) sobre supuestas   acciones cometidas por la Alcaldía de Santiago, que  les impiden realizar trabajos en la ciudad.

Es importante que la población entienda, que la Alcaldía, se rige por leyes y normas en las que se sustentan todas las acciones que tienen que ver con la realización de trabajos en los espacios públicos del municipio, sean estos realizados por instituciones publicas o privadas, las cuales deben hacerlo en coordinación con el Ayuntamiento y amparados en las leyes que rigen  cada departamento de esta institución.

En tal sentido, el Ayuntamiento de Santiago, a través de una correspondencia le recuerda  a CORAASAN, que en atención a las disposiciones legales contenidas en las leyes 675-44 sobre urbanización, ornato público y construcciones, la ley  6232-62, sobre Planeamiento Urbano en la Republica Dominicana, la ley 176-07, que rige el Distrito Nacional y los Municipios  y la ley 63-17,sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Transito y Seguridad vial en la República Dominicana, deben ser observadas y acatadas, a los fines de regularizar las construcciones, demoliciones o reparaciones que conlleven el uso de suelo, dentro de  los límites del Municipio de Santiago.

En la comunicación enviada a CORAASAN por la Oficina Municipal  de Planeamiento Urbano,(OMPU),se destaca  que en virtud de lo que establece la ley 675-44, en su artículo 2,es una para toda urbanización o ensanche que se  proyecte   realizar, debe tenerse previamente una autorización  del Ayuntamiento correspondiente y que la ley 6232-62,sobre planificación urbana, faculta  a la OMPU, a otorgar permisos para construcción, alteración, ampliación, demolición, uso y cambios en estructuras y  terrenos en el  ámbito municipal.

También destaca que la ley 63-17, sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Transito y Seguridad vial en la República Dominicana, da plenas facultades al Ayuntamiento, para regularizar los trabajos que realicen las instituciones del Estado y particulares  en las vías publicas y que para ser beneficiario de un permiso, deberá notificarlo 72 horas antes a las autoridades del municipio.

El Ayuntamiento de Santiago, expresa que no es posible que CORAASAN, intervenga calles y avenidas recién asfaltadas, rompiendo  estructuras sin ningún criterio, sin coordinar, ni notificar y mucho menos sin solicitar permisos al Ayuntamiento de Santiago y lo más grave es  dejar las calles y avenidas rotas y  abandonadas  lo que conlleva gastos en perjuicio del municipio.

Finalmente, el Ayuntamiento de Santiago, deja constancia de que no es  cierto que se esté impidiendo que CORAASAN trabaje en los proyectos que emprende, ya que no hemos retenido equipos ni la flotilla de  vehículos que esa institución utiliza para sus trabajos, sólo queremos y exigimos que CORAASAN  y cualquier  otra institución o  empresa  cumplan con lo que manda la ley y que  el  Ayuntamiento es la institución que  administra la ciudad.

 

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