• 25 abril, 2024

Namphi Rodríguez JCE no tiene competencia para organizar primarias a partidos 

Eugenio Suárez 

SANTO DOMINGO,-El abogado y periodista Namphi Rodríguez afirmó que la Junta Central Electoral (JCE) no tiene competencia constitucional para organizar las primarias de los partidos.

Rodríguez advierte que la inclusión en la Ley de Partidos Políticos de un sistema de primarias abiertas organizado por la JCE violaría el “principio de ejercicio normativo del poder” .Apuntó que la JCE está regida por el “principio de ejercicio normativo del poder”, que lo obliga a ejercer sus competencias y potestades dentro del marco que le atribuye la Constitución.

Enseguida precisó que el artículo 212 de la Constitución establece que la JCE tiene como finalidad organizar las asambleas electorales para la celebración de elecciones generales, congresionales y municipales, además de organizar los referendos”.

El presidente de la Fundación Prensa y Derecho agregó que de ninguna manera el tribunal puede disponer de sus recursos y competencia en asuntos que no son de su atribución.

Lo que lo que sí puede hacer la JCE —puntualizó– es velar porque los procesos electorales de los partidos se realicen de acuerdo a los principios de equidad y transparencia.

Indicó que las primarias abiertas requerían convocar las asambleas electorales como colegios electorales en una especie de comicios simultáneos.

Al respecto observó que el artículo 209 de la Constitución establece que los colegios electorales sólo pueden ser convocados cada cuatro años para elegir al presidente, vicepresidente, a los legisladores, a las autoridades municipales y para organizar referendos.

Subrayó que la Constitución determina el fin y la fecha de la convocatoria de los colegios electorales y que hacer lo contrario sería extralimitar el mandato de la Carta Política.

Rodríguez razonó que “partiendo de ese criterio, es obvio que una ley de partidos que establezca un sistema de primarias abiertas organizado por la JCE contravendría la Constitución, debido a que violaría el precedente constitucional

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