Presidente del Senado afirma Ley Tribunal Constitucional se ajusta a Carta Magna
Santo Domingo.- El presidente del Senado, Reinaldo Pared Pérez, rechazó las versiones que califican de inconstitucional la recién aprobada Ley orgánica del Tribunal Constitucional.
Pared Pérez ripostó las declaraciones del abogado Vinicio Castillo Semán, quien afirmó que con la aprobación de dicha ley en la Cámara Alta se procura restarle las facultades que la Carta Magna otorga al Tribunal Constitucional.
“En ningún momento el Senado de la República ha violentado la Constitución, al contrario, se ha actuado conforme a las disposiciones que sobre el particular prevé la Constitución de República”, dijo.
Pared Pérez remitió a Castillo Semán a revisar los artículos 151, 153, 185 y 188 de la Ley Sustantiva, que sirvió de guía al Senado de la República para la aprobación de la ley que ya fue enviada a la Cámara de Diputados.
Explicó que la Constitución tiene dos formas de atacar la inconstitucionalidad de un acto jurídico, una directa mediante el Tribunal Constitucional y una segunda difusa en los tribunales que conozcan los asuntos jurídicos sometidos.
En torno al límite de edad para formar parte del Tribunal Constitucional, Pared Pérez dijo que no se podía poner un límite para el retiro de los magistrados que lo constituirán en razón de que la propia ley sustantiva o establece una limitante.
Explicó que para ser juez del Tribunal Constitucional se requieren las mismas condiciones exigidas para los jueces de la Suprema Corte de Justicia y el artículo que trata sobre los requisitos de estos magistrados, no se establece una limitante de edad.
“Donde la ley no distingue no se puede distinguir”, a esta máxima jurídica apeló el presidente del Senado para responder las alusiones que sobre el particular hiciera este día el abogado Castillo Semán.
Citando el artículo 151 de la Constitución, Pared Pérez dijo que el mismo indica la edad de retiro de los jueces, pero lo limita sólo a la Suprema Corte de Justicia.
“Si la Constitución no establece una edad de retiro para los jueces del Tribunal Constitucional, una ley adjetiva no puede consagrarlo”, declaró Pared Pérez al programa El Gobierno de la Mañana.