La Corte Suprema del Reino Unido dictaminó por unanimidad que, bajo la Ley de Igualdad de 2010, la definición legal de “mujer” se refiere únicamente a mujeres biológicas. Esta decisión histórica excluye a las mujeres trans con Certificado de Reconocimiento de Género (GRC, por sus siglas en inglés) de ciertas protecciones legales reservadas a mujeres cisgénero.
El fallo se produjo tras una demanda presentada por el grupo For Women Scotland, que impugnó una normativa escocesa destinada a aumentar la representación femenina en juntas directivas. Argumentaron que incluir a mujeres trans violaba la intención original de la ley y afectaba servicios exclusivos para un solo sexo, como vestuarios, albergues y alojamientos comunitarios.
Lord Hodge, vicepresidente del tribunal, explicó que ampliar la definición de “mujer” para incluir a mujeres trans con GRC les otorgaría “mayores derechos” que a las mujeres biológicas, en aspectos como el embarazo o la licencia por maternidad.
Aunque la sentencia limita la interpretación de “mujer” a nivel legal, el tribunal aclaró que las personas trans siguen protegidas por la ley en virtud de la reasignación de género o por discriminación basada en percepción de género.
La decisión llega en medio de un intenso debate político y social sobre los derechos de las personas trans en el Reino Unido, y marca un precedente legal con implicaciones en políticas públicas y servicios diferenciados por sexo.
