• 18 abril, 2024

Senado convierte en ley proyecto crea Parque Nacional Loma Miranda

senado-convierte-en-ley-proyecto-crea-parque-nacional-loma-miranda.jpgSanto Domingo.- La presidente del Senado, Cristina Lizardo Mézquita dejo abiertos este miércoles los trabajos de la Segunda Legislatura Ordinaria, en la cual fue convertido en Ley el Proyecto que crea Parque Nacional Loma Miranda. La pieza será enviada al Poder Ejecutivo para su promulgación o para que el presidente Danilo Medina le haga alguna observación.

El senador por La Vega, Euclides Sánchez, solicitó que se colocara en agenda y fuera declarado de urgencia, petición que fue aprobada por 28 de 29 senadores presentes. Dicho proyecto fue leído por la senadora Amarilis Santana Cedano. La iniciativa la remitió este miércoles el presidente de la Cámara de Diputados, Abel Martínez, a la presidenta del Senado, Cristina Lizardo Mézquita.

Los senadores coincidieron en afirmar que el Senado actuó dentro del marco de la Constitución y de la Ley, en la elaboración, conocimiento y estudio del proyecto que crea el Parque Nacional a Loma Miranda, porque se escuchó a todos los sectores, y los Diputados y Diputadas rectificaron el trabajo realizado por senadores y senadoras, indica una nota informativa de la Dirección de Comunicación del Senado.

Previo a su conocimiento, la presidenta Cristina Lizardo, explicó que el proyecto de ley que fue firmado por los 31 senadores se obvió, en virtud de que el “proyecto recibido de la Cámara de Diputados, como recibimos la iniciativa y la confirmamos, al hacer la comparación comprobamos que el contenido y detalle es el mismo, procedemos a no considerar la iniciativa 1988 del Senado, y proceder al análisis y conocimiento de la iniciativa remitida por la Cámara de Diputados”.

Contenido del Proyecto Loma Miranda

El artículo I, de la iniciativa precisa que “se crea el Parque Nacional Loma Miranda con el propósito primario de conservar las fuentes acuíferas, la biodiversidad, la integridad eco sistemática y paisajista, mitigar los impactos del calentamiento global la perturbación del clima”. Además, buscar la preservación de las potencialidades intrínsecas de los recursos y ambientes naturales capaces de garantizar su uso y aprovechamiento inteligente por parte de la sociedad dominicana, mediante el desarrollo del ecoturismo, la recreación y la educación ambiental.

El artículo 2, define el alcance de las áreas protegidas, y el párrafo 1 del mismo, refiere los límites que encierra una superficie de 32 kilómetros cuadrados, y la base topográfica, tomada de las hojas topográficas de 1:40,00 del Instituto Geográfico Universitario y el dato horizontal en North American Datum of 1927 (NAD27). El párrafo II establece que la zona de amortiguamiento del Parque Nacional Loma Miranda es la misma establecida para todas las áreas protegidas que ostentan las categorías genéricas de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) que van de la I a la IV, una franja de 300 metros que cubren una superficie de 10.75 kilómetros cuadrados, que totaliza un área regulada de 42.75 Km2 para el Parque Nacional.

En el artículo 8, declara el derecho de propiedad, y dice que “dado el hecho de que los terrenos donde está ubicada Loma Miranda, incluyendo el área de los depósitos de minerales que contienen ferroníquel, están en posesión o son propiedad legítima de más de un propietario, corresponde al Poder Ejecutivo actuar sobre estos bienes con apego al artículo 51 de la Constitución, en su numeral 1.

1.Expresa el artículo 9 que: “Para que el Estado cumpla con las obligaciones económicas que resulten de la aplicación de la presente ley, y como consecuencia de expropiaciones, declaraciones de utilidad pública o variación del uso y goce de la propiedad sin que pierda la condición de propietario”. El numeral 1, de ese artículo, la iniciativa autoriza al Ministerio de Medio Ambiente y Recurso naturales, incrementar en un 10 por ciento el valor a pagar por concepto del otorgamiento de la licencia o permiso ambiental aprobada a cada empresa, institución o persona para tener derecho a la exploración o explotación en el territorio nacional en su plataforma marítima de minerales metálicos y no metálicos, incluyendo la roca, el yeso, piedra caliza, mármol, materiales extraídos de la tierra o la plataforma marítima destinados a la fabricación de cemento, arena, grava, gravilla, sal, cal y materiales extraídos de la tierra o del a plataforma marina destinado a la fabricación de cemento, y otros que determine la legislación nacional.

Agrega que los recursos económicos obtenidos por los conceptos antes indicados en el artículo serán destinados a resarcir el pasivo ambiental que las actividades de exploración y explotación ocasionen al medio ambiente y los recursos naturales, así como los fines de cumplir con lo establecido en el artículo 51 de la Carta Magna, respeto del derecho de propiedad privada sin perjuicio de los compromisos contractuales acordados entre el Estado dominicano y la empresa autorizada a la exploración y explotación de cualquier fuente mineral metálico o no en el país.

Senadores felicitan a Lizardo

Los voceros del Bloque de senadores del PLD, Adriano Sánchez Roa y Amable Aristy Castro, del Partido Reformista Social Cristiano, felicitaron al ex presidente del Senado Reinaldo Pared Pérez, por la labor rendida de ocho años dirigiendo y luego también elogiaron y felicitaron a la Presidenta del Senado, Cristina Lizardo, a quien manifiestaron su apoyo y colaboración.

En ese mismo tenor se pronunciaron también los senadores, Félix Nova, Heinz Vieluf, Charlie Mariotti, Prim Pujals y Euclides Sánchez, y el propio Reinaldo Pared Pérez.

Otras piezas aprobadas.

Los senadores también discutieron y aprobaron otros proyectos, como un proyecto de Resolución que declara de alto interés para la nación el proyecto Central Termoeléctrica Punta Catalina, y el proceso de licitación pública internacional para la selección de contratistas.

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