Por Ramón Mercedes
Los mismos son para que la Junta Central Electoral (JCE) restablezca derechos constitucionales a los dominicanos residentes en el exterior.
Los recursos conocidos son los numerales 5) y 6) del artículo 110 de la Ley No. 15-19, Orgánica del Régimen Electoral, que prohíben el derecho y deber al voto a los ciudadanos dominicanos “que aceptaran en el extranjero funciones a cargo de los gobiernos de los países en los cuales residan, sin solicitar para ello previo permiso al Gobierno de la RD”.
Además, a los “que en ejercicio de una nacionalidad alterna hayan ingresado bajo el sistema de conscripción o como regulares a fuerzas militares del país en que residen”.
El legislador peledeísta especifica en su recurso que la JCE ha actuado de manera inconstitucional al prohibirle votar a los quisqueyanos residentes en el exterior que hayan desempeñado funciones públicas en otros países y también ingresado a fuerzas militares del país en que viven.
“Ambas disposiciones están coartando el voto, suprimiéndole el derecho a elegir los candidatos presidenciales y de diputados del exterior; además, con las disposiciones del artículo 110 se inválida a un importante grupo de dominicanos habilitados para votar como lo han hecho en procesos anteriores”, precisa.
Rodríguez, ha expresado que estos preceptos de la ley son ambiguos, que afectarán a los criollos que trabajen en instituciones públicas a nivel local, estatal o federal en los Estados Unidos o cualquier otro país.
De igual modo, en cuanto al servicio militar, la JCE no esclarece si es aplicable solo a miembros activos o es incluyente de los que sirvieron a fuerzas militares en el pasado, indica.
“Recurrimos al TC porque su misión es garantizar la supremacía de la Constitución, la defensa del orden constitucional y la protección de los derechos fundamentales, para que declare inconstitucional las disposiciones de la JCE”, precisó Rodríguez.
