• 18 abril, 2024

Tribunal Constitucional rechaza demanda en suspensión interpuesta por Rodríguez Pimentel

Una auditoría de la Cámara de Cuentas determinó que el durante la gestión de Héctor Rodríguez Pimentel al frente del INDRHI se perjudicó al Estado con más de mil millones de pesos.

tribunal-constitucional-rechaza-demanda-en-suspension-interpuesta-por-rodriguez-pimentel.jpgSANTO DOMINGO.- Atendiendo la solicitud del Ministerio Público, el Tribunal Constitucional rechazó la demanda en suspensión interpuesta por el ex director del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INDRHI), Héctor Rodríguez Pimentel, contra la Resolución número 3996-2013, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, por presuntos actos de corrupción durante su gestión al frente de esa entidad.

El recurso fue interpuesto además de Rodríguez Pimentel, por los imputados Príamo Virgilio Méndez Cuesta, Fiordaliza Ares del Carmen Salazar, Manuel Emilio De La Cruz Martínez, Víctor Hugo Batista Linares y José Antonio Pérez Jiménez.

El grupo está acusado de violar los artículos 169, 170, 171, 172, 177. 178, 265 y 266 del Código Penal Dominicano en perjuicio del Estado dominicano, proceso penal que se encuentra paralizado como consecuencia de un incidente presentado por los procesados, con la finalidad de que el mismo fuera declarado extinguido.

Con dicha decisión, el TC encabezado Milton Ray Guevara, ratifica la sentencia número 3996-2013 del 21 de noviembre del 2013 emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, mediante la cual declara inadmisible el recurso de casación de fecha 18 de septiembre de 2013 contra la resolución no. 773-2013, de fecha 23 de agosto de 2013, contentiva de la resolución que deniega la extinción de la acción penal con motivo de la acusación y solicitud de apertura a juicio en contra de los implicados.

La sentencia expresa “que en consecuencia declara la extinción del proceso y de la acción penal, por tratarse de una cuestión de mera constitucionalidad, en virtud de lo establecido en el artículo 44.11, 148 y 149 del Código Procesal Penal, por los motivos anteriormente señalados, cumpliendo así el Tribunal Constitucional con su rol de garante de la Supremacía de la Constitución, de defensor del orden constitucional y de la protección de los derechos fundamentales.

De acuerdo a la auditoría practicada por la Cámara de Cuentas el Estado fue perjudicado con más de mil millones de pesos, en las ejecuciones presupuestarias correspondientes a sueldos y gastos del año 2007.

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